4/2/15

Acceso abierto cerrado

"Por "acceso abierto" a la literatura científica nos referimos a su disponibilidad gratuita en la Internet pública, que permite a cualquier usuario leer, descargar, copiar, distribuir, imprimir, buscar o añadir un enlace al texto completo de esos artículos, rastrearlos para su indización, incorporarlos como datos en un software, o utilizarlos para cualquier otro propósito que sea legal, sin barreras financieras, legales o técnicas, aparte de las que son inseparables del acceso mismo a la Internet. La única limitación a la utilización del documento viene impuesta por los derechos morales de autor, ya que el autor mantiene el control sobre la integridad de sus trabajos y el derecho a ser adecuadamente reconocido y citado.
El acceso abierto a la ciencia aboga por la eliminación de las barreras que inhiben el acceso a los resultados de la investigación científica, mayoritariamente financiada con fondos públicos, y constituye una alternativa al modelo de acceso limitado a los resultados de investigación que genera elevadas tasas de suscripción a las revistas científicas. El acceso abierto consiste en proveer de acceso on-line a toda la información científica disponible (artículos, monografías, datos de investigación) de forma gratuita para el lector y bajo licencias que permitan su uso y explotación por los investigadores, las empresas y los ciudadanos, sin barreras económicas, legales ni tecnológicas". (*)

En España, los repositorios de acceso abierto están agrupados en la plataforma RECOLECTA (**)(http://recolecta.fecyt.es). Además, RECOLECTA garantiza la interoperabilidad de todos los repositorios y añade servicios de valor añadido como estadísticas de visitas y descargas efectuadas.
ecientemente, he podido tomar un pulso al estado de salud de los repositorios universitarios ya que he tenido que buscar en ellos temas que tal vez no son significativos ni representativos, pero que me han hecho ver donde no las esperaba algunas debilidades de estos depósitos. Una de las fortalezas sería la homogeneidad o interoperabilidad de los buscadores particulares de cada universidad o institución. Hay alguno que se sale de los estándares, pero en general todos son muy parecidos y eso se agradece y aumenta la llamada usabilidad. Podría decirse que la interficie de consulta es para el usuario prácticamente la misma cuando navega entre repositorios de diferentes universidades. 
Una de las debilidades es que los fondos aún son pequeños (Figura 2, RECERCAT) y apenas interrogables más que a través de un formulario simple y la opción de ordenar los resultados por año de publicación o incorporación y por relevancia.
Una debilidad remarcable es la de que hay documentos depositados en los repositorios, singularmente y por ejemplo trabajos de final de máster, que no están en acceso abierto. Es decir, se colocan en depositos de acceso abierto documentos que en realidad tienen el acceso restringido por el autor. 
En los casos que nos hemos encontrado no se indicaba si la restricción estaba sujeta a un período de embargo (asimilado al de las publicaciones de los editores "comerciales"). No sabemos entonces si se trata de un acceso abierto demorado. Tiendo a pensar que esa restricción, indeseable para el movimiento Open access, puede justificarse en el temor de los autores a que sus incipientes investigaciones sean apropiadas indebidamente por otros autores sin escrúpulos, que no respeten la debida etiqueta académica, la propiedad intelectual y aquello de citar las fuentes y usar las comillas. De hecho un máster podría considerarse al límite de lo que se consideraría "público", tal vez (***). Por otra parte, aunque habrá buenos trabajos también los hay de no mucha calidad.
En cualquier caso es un contrasentido encontrarse en el acceso abierto documentos cerrados. Se dirá que al menos sabemos que alguien ha elaborado un estudio sobre algo, pero no es esa la orientación deseable.


Fig. 1 OpenDoar Charts

Fig. 2. Recercat (Consulta: 27 de noviembre de 2014)




(*)
Recomendaciones para la implementación del artículo 37. Difusión en acceso Abierto de la Ley de Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Ministerio de Economía y Competitividad (octubre 2014). http://recolecta.fecyt.es/sites/default/files/contenido/documentos/Implantacion_Art37_AccesoAbierto.pdf [Consulta: 2 de febrero de 2014]

(**) Los principales buscadores de repositorios son:
[Consulta 12/11/2014: 2727 repositorios]
University of Nottingham (Reino Unido)

Europeana (repositorios de 27 países)

BuscaRepositorios (Repositorios institucionales españoles de acceso abierto ).
Grupo de Investigación “Acceso abierto a la ciencia” (Consejo Superior de Investigaciones Científicas,  Universidad de Valencia, Universidad de Barcelona, Universitat Oberta de Catalunya)

Hispana. Directorio y recolector de recursos digitales 
[Consulta 12/11/2014: 206 repositorios,  5.068.587 entradas].
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Está integrado en Europeana.

[Consulta 12/11/2014:  76 repositorios, 1.410.000 documentos]
Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) y Red de Bibliotecas Universitarias REBIUN

Recercat: dipòsit de la Recerca de Catalunya
[Consulta 2/2/2015: >70.000 documentos]

Está impulsado por las universidades de Catalunya y la Biblioteca de Catalunya, gestionado y coordinado por el Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), patrocinado por la Generalitat de Catalunya y cuenta con la participación de otras instituciones catalanas.

(***)
 Artículo 37. Difusión en acceso abierto:
"1. Los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación impulsarán el desarrollo de repositorios, propios o compartidos, de acceso abierto a las publicaciones de su personal de investigación, y establecerán sistemas que permitan conectarlos con iniciativas similares de ámbito nacional e internacional.
2. El personal de investigación cuya actividad investigadora esté financiada mayoritariamente con fondos de los Presupuestos Generales del Estado hará pública una versión digital de la versión final de los contenidos que le hayan sido aceptados para publicación en publicaciones de investigación seriadas o periódicas, tan pronto como resulte posible, pero no más tarde de doce meses después de la fecha oficial de publicación.
3. La versión electrónica se hará pública en repositorios de acceso abierto reconocidos en el campo de conocimiento en el que se ha desarrollado la investigación, o en repositorios institucionales de acceso abierto.
4. La versión electrónica pública podrá ser empleada por las Administraciones Públicas en sus procesos de evaluación.
5. El Ministerio de Ciencia e Innovación facilitará el acceso centralizado a los repositorios, y su conexión con iniciativas similares nacionales e internacionales.
6. Lo anterior se entiende sin perjuicio de los acuerdos en virtud de los cuales se hayan podido atribuir o transferir a terceros los derechos sobre las publicaciones, y no será de aplicación cuando los derechos sobre los resultados de la actividad de investigación, desarrollo e innovación sean susceptibles de protección." 
(Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. https://www.boe.es/boe/dias/2011/06/02/pdfs/BOE-A-2011-9617.pdf) (Consulta: 2 de febrero de 2014)

(c) Post registrado en SafeCreative *1502043180590 2022: 2212192894925

No hay comentarios: